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Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia
Gaceta Oficial Nº 38.940 del 28 de mayo de 2008
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Decreto Nº 6.067, 14 de mayo de 2008
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La nueva Ley de Registro Publico publicada en la Gaceta Oficial Nº 5.833 Extraordinaria del 22 de diciembre de 2006, ratifica reafirma unas interesantes funciones probatorias a las Notarias que son coadyuvantes de la tutela judicial efectiva, por cuanto permiten realizar actuaciones con celeridad evitando el reglamentario retardo de la distribución de los Juzgados de Municipio.
Establece el ordinal 12 del Artículo 75 de la señalada ley, que las notarias podrán dejar constancia de cualquier hecho o acto a través de “Inspección Extrajudicial”. Para este tipo de actos serán igualmente aplicables los principios de ratificación intraprocesal para el ejercicio del control de las partes para que surtan pleno efecto probatorio.
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Raymond J. Orta M. (*)
Venezuela se ha puesto a la vanguardia procesal con la incorporación de las últimas tendencias probatorias, específicamente incluidas por el Derecho Marítimo. Entre estas innovaciones,se incorporó al fax como medio probatorio, de conformidad a lo establecido en el Art. 7 de la Ley de Comercio Marítimo, tal como lo analizamos en un artículo previo[1].
Otro aspecto procesalmente interesante, lo encontramos en la novel Ley de Procedimiento Marítimo[2] (L.P.M.), en la que se prevén una especie de pruebas anticipadas de conformidad a lo establecido en su articulo 12, que establece que antes de la audiencia oral, las partes pueden promover algún testigo, inspección judicial, experticia o reconocimiento cuando exista peligro de que desaparezca el medio probatorio.
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Si el trabajo del forense arroja alguna duda hay que convocar a otro perito. Es la regla que marcó el Tribunal Superior de Justicia neuquino, al anular la sentencia que absolvió a un hombre acusado de violación. Los jueces no pueden rebatir las conclusiones de un especialista con argumentos en abstracto sino que deben ajustarse al caso en particular, dice el fallo.
El fallo que marca las reglas tiene el primer voto de Eduardo Badano y la adhesión de los otros vocales.
NEUQUEN (AN)- Un fallo del TSJ les marca el camino a los jueces sobre la importancia que le deben dar al trabajo de los forenses, y señala que si existen dudas respecto de una pericia se debe recurrir a otros especialistas, pero no reemplazarlos por "lecturas propias".
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